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27 de septiembre de 2013

Nuevo escenario para la promoción forestal y el manejo de los bosques nativos en el marco de las Leyes N° 25.080 y N° 26.331

En el marco del IV Congreso Forestal Argentino y Latinoamericano realizado en la ciudad de Puerto Iguazú del 23 al 27 de septiembre, la Directora de Producción Forestal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), Mirta Larrieu junto con la Directora de Bosques de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS), Inés Gomez, presentaron la publicación “Nuevo escenario para la promoción forestal y el manejo de los bosques nativos en el marco de las Leyes N° 25.080 y N° 26.331”, elaborada en conjunto por técnicos de la Dirección de Producción Forestal (DPF) del MAGyP y de la Dirección de Bosques (DB) de la SAyDS. La publicación está destinada a las Autoridades Provinciales de Aplicación de la Ley N° 25.080 modificada por su similar Ley N°26.432 y de la Ley N°26.331 y busca difundir los procedimientos técnico/administrativos para la tramitación de nuevos proyectos en el marco de las mencionadas leyes de acuerdo a la normativa actual en vigencia.

 
A partir de la prórroga y modificación de la Ley N°25.080 por su similar, la Ley N°26.432, fue reformulado su Art. 4° debiendo cumplimentar los proyectos presentados en el marco de esta Ley, los requerimientos exigidos por la Ley N°26.331, la cual establece los Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad, como así también la realización de un Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (OTBN) por parte de los Estados Provinciales. Es a través de este OTBN que se definieron cuales son las zonas de bosques nativos susceptibles de ser conservadas, manejadas sosteniblemente o reemplazadas por otros cultivos de acuerdo a criterios técnicos definidos por la Ley N° 26.331 y por la legislación provincial vinculada.

En función de este nuevo escenario, todos los proyectos presentados en el marco de la Ley N° 25.080 para la realización de actividades de plantación o enriquecimiento de bosque nativo, a partir del año 2010 en adelante, deberán constar de una aprobación por parte de la Autoridad Provincial de Aplicación de la Ley N° 26.331, debiendo presentar los titulares de proyectos ante dicha Autoridad un Plan de Manejo o de Cambio de Uso del Suelo, según corresponda. Asimismo, para las actividades de enriquecimiento de bosque nativo, los beneficios económicos que ambas leyes otorgan serán complementarios, apuntando a aumentar el porcentaje de logro de esta actividad.

En este nuevo contexto la DPF y la DB iniciaron un plan de trabajo en conjunto desde el año 2011 con el fin de definir los procedimientos para la tramitación de los beneficios económicos que otorgan ambas Leyes. Durante el año 2012 se realizaron cuatro talleres de discusión técnica en las regiones de la Selva Paranaense, Parque Chaqueño, de la Selva Tucumano – Boliviana y Andino Patagónica, con el objeto de unificar y fortalecer las líneas de apoyo a las prácticas de enriquecimiento de los bosques nativos, promoviendo el trabajo sinérgico y la complementación de las leyes mencionadas.